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Discapacidad: justicia federal de Córdoba ordena a PAMI e Incluir Salud regularizar los pagos

El juez federal Miguel Hugo Vaca Narvaja ordenó a PAMI e Incluir Salud normalizar en 72 horas los pagos a prestadores de discapacidad. El fallo fustiga las dilaciones del Estado, agravadas por el veto y la suspensión de la ley de emergencia nacional. La abogada que presentó el amparo sostiene que tiene “alcance colectivo”.

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cautelar discapacidad

En un fallo de fuerte impacto político y social, el titular del Juzgado Federal N° 3 de Córdoba, Miguel Hugo Vaca Narvaja, ordenó al PAMI y al programa Incluir Salud que, en un plazo perentorio de 72 horas, normalicen de manera efectiva la cadena de pagos destinada a las prestaciones de personas con discapacidad. 

La resolución judicial pone la lupa sobre un colectivo en situación de múltiple vulnerabilidad —niños, adultos mayores y personas de escasos recursos — que hoy ve amenazada la continuidad de sus tratamientos terapéuticos y educativos esenciales debido a la asfixia financiera que el Estado ejerce sobre las instituciones prestadoras. 

“El fallo tiene alcance colectivo”, aseguró Marta Lastra, una de las abogadas que presentó el amparo. En declaraciones radiales, explicó que la presentación se hizo por casos particulares, pero que el juez al analizar la situación admitió la acción colectiva. Y agregó que la orden judicial se debe cumplir en las próximas 72 horas.

La causa se inició a partir de un amparo colectivo que expuso los severos atrasos en la cobertura de las prestaciones contempladas por la ley 24.901. Al defenderse, el Ministerio de Salud de la Nación —bajo cuya órbita funciona Incluir Salud— intentó justificar las demoras bajo el argumento de un “proceso de reordenamiento estructural” y la adaptación burocrática a la Administración Pública centralizada. Aseguraron, además, que estos retrasos no implicaban una desatención.  

Sin embargo, el juez Vaca Narvaja fue tajante: el peligro en la demora es evidente. ”La falta de cobertura o la interrupción de un tratamiento genera retrocesos en el grado de desarrollo alcanzado mediante la intervención terapéutica, y el esfuerzo aplicado en sostener esos espacios por parte de los grupos familiares”, advirtió el magistrado en la medida cautelar.  

El expediente judicial desnudó la crítica realidad que atraviesan las organizaciones civiles en la provincia de Córdoba y de todo el país. Informes presentados por centros terapéuticos de esa provincia, como el Centro Educativo Mi Lugar, alertaron que los baches financieros ponen en serio riesgo la periodicidad y normalidad de los servicios para una población altamente vulnerable. 

La medida cautelar dictada por el tribunal de Córdoba tiene una vigencia de seis meses o hasta que se dicte una sentencia firme sobre el fondo de la cuestión. El mandato es claro y no admite más dilaciones burocráticas: PAMI e Incluir Salud deben garantizar de inmediato que los fondos lleguen a los prestadores para evitar que el eslabón más débil de la cadena siga pagando el costo del ajuste macroeconómico.

También fue alarmante fue el testimonio del Pequeño Cottolengo Don Orione. La institución detalló que las demoras estatales la obligaron a pagar más de 41 millones de pesos solo en intereses resarcitorios al ARCA (ex AFIP) por aportes previsionales impagos en lo que va de 2026, que se suman a otros 14 millones abonados durante 2025. Esta asfixia se tradujo en el pago desdoblado de los sueldos a su personal y en conflictos con proveedores. Para colmo de males, la entidad denunció que Incluir Salud discontinuó por completo la entrega de medicamentos esenciales durante los meses de febrero, marzo y abril de este año. 

 

El laberinto legal 

El fallo de Vaca Narvaja se inscribe en un complejo escenario normativo cruzado por el veto del Poder Ejecutivo. El Congreso de la Nación había sancionado la ley N° 27.793, que declaraba la emergencia nacional en materia de discapacidad hasta finales de 2026 para blindar el financiamiento de pensiones y actualizar los aranceles de los prestadores. Luego de un veto total del presidente mediante el decreto 534/25 —justificado en la necesidad de «no socavar el equilibrio fiscal»—, ambas cámaras legislativas insistieron y ratificaron la ley en septiembre de 2025.  

La respuesta del Ejecutivo fue promulgar la ley a través del decreto 681/2025, pero suspendiendo su ejecución real bajo la excusa de que el Congreso primero debía determinar las fuentes de financiamiento. Aunque la justicia federal de Campana ya había declarado inválida esa suspensión a finales del año pasado, obligando al gobierno a reglamentarla, la posterior puesta en marcha de la norma fue calificada por los amparistas como “irrazonable e insuficiente”. Ante los reiterados intentos de la autoridad estatal por «evadir o dilatar el cumplimiento de sus obligaciones», el juzgado cordobés respaldó su decisión cautelar en el bloque de constitucionalidad que protege el derecho a la salud y al bienestar, citando tratados internacionales como la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y el Pacto de San José de Costa Rica. 

La medida cautelar dictada por el tribunal de Córdoba tiene una vigencia de seis meses o hasta que se dicte una sentencia firme sobre el fondo de la cuestión. El mandato es claro y no admite más dilaciones burocráticas: PAMI e Incluir Salud deben garantizar de inmediato que los fondos lleguen a los prestadores para evitar que el eslabón más débil de la cadena siga pagando el costo del ajuste macroeconómico. 

 

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