Argentina / 21 mayo 2026

temperature icon 10°C
Edit Template
  • Sociedad
  • /
  • La batalla legal contra los agrotóxicos en la cuenca del Chapaleofú

La batalla legal contra los agrotóxicos en la cuenca del Chapaleofú

Asambleas de Rauch y Tandil recurrieron a la justicia para reclamar contra la exposición crónica a pesticidas. Apoyada en estudios científicos y avalada por un dictamen de la Suprema Corte bonaerense que suspendió las fumigaciones, la comunidad organizada busca un cambio de paradigma productivo que garantice la salud y el buen vivir.

Compartir:

Compartir:

Imagen de cartel que dice "Paren de fumigar"

Instaurado en los noventa, el modelo de monocultivo agudizó el corrimiento de la frontera agrícola ganadera y llevó a que vastas porciones de territorio fueran destinadas a la transgénesis. Así, a medida que la agricultura campesina cedía terreno y los cultivos genéticamente modificados invadían localidades y poblados, se fueron agravando las condiciones sanitarias de las comunidades aledañas a los campos. Crecía asimismo la resistencia de la comunidad organizada. Pero también, -aunque muy por detrás de la lucha de los pueblos fumigados-, el surgimiento de una incipiente jurisprudencia que busca priorizar a través del derecho, la sustentabilidad y el buen vivir de las poblaciones. 

Luego de tres décadas de implementado el combo letal de Monsanto (hoy comercializado por muchas otras firmas), los vecinos afectados con enfermedades respiratorias, diabetes, malformaciones y cáncer, entre muchas otras patologías provocadas por la exposición crónica a los pesticidas, siguen siendo quienes deben demostrar, en sus cuerpos y en el territorio que habitan, las consecuencias de la contaminación.                                                                                                                                            

Como en La Pachamama y el humano, texto de Eugenio Zaffaroni que interpela el privilegio del individuo entendido en tanto sujeto único de derechos, las asambleas en lucha de Rauch, Vela, Gardey y Tandil proponen que se conciba a la cuenca del Chapaleofú no solo como recurso hídrico sino como sujeto vivo de derechos, cuerpo y refugio de memorias colectivas.

Emplazada en el sudeste de la provincia de Buenos Aires, la cuenca hidrográfica del Chapaleofú es un curso de agua que hilvana las localidades de Tandil y Rauch y desemboca en la Bahía de Samborombón. Separadas por solo 120 kilómetros, Tandil y Rauch tienen sus particularidades pero un destino común; la carga química de los agrotóxicos usados en los cultivos cercanos, particularmente a través de la deriva, esto es, aquella porción de producto que no da en el blanco y es transportada por los vientos, pudiendo dispersarse por kilómetros. Buscando alejar las fumigaciones, las comunidades en asamblea se presentaron ante la justicia y pidieron que la cuenca sea declarada como sujeto de derecho con base en la opinión consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de mayo de 2025. Existe, además de la búsqueda de garantizar la vida eco-sistémica, una razón insoslayable: las barriadas populares, especialmente niñas y niños, se bañan cada año en los dos balnearios del lugar, uno situado en Vela, partido de Tandil y el otro en Rauch.    

Estudios realizados por la Universidad Nacional del Centro de Buenos Aires (Unicen) y la Universidad Nacional de la Plata (UNLP) demostraron la presencia de clorpirifós en la cuenca y glifosato en el agua de las escuelas rurales de Tandil.

Un acto de justicia ambiental                                                                                                                             

Acompañados por Joaquín Benavídez, abogado de la Universidad Nacional de La Plata y magister en Derechos Humanos de la Universidad Autónoma San Luis Potosí (México), los vecinos reunidos en el colectivo Defensores Ambientales de Chapaleofú presentaron una acción originaria de constitucionalidad y lograron un avance considerable: en noviembre de 2025, el Procurador General de la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires Julio Conte Grand, dictaminó la suspensión de las fumigaciones

Las ordenanzas suspendidas establecen los límites de pulverización en uno y otro centro poblado. En Rauch, la ordenanza 850/12 estipula un radio de 500 metros de resguardo para las aplicaciones terrestres, de 2.000 para las aéreas en relación a los centros poblados y 1.000 para las aéreas en relación a las escuelas rurales. Sobre los cursos de agua, la normativa establece una franja de resguardo de solo 50 metros. En Tandil, en tanto, la ordenanza 17.404/21 establece distancias de 150 metros para las escuelas y los centros de salud, de 50 metros para los pozos y cursos de agua y de 60 metros para viviendas cercanas a los campos; en relación a las fumigaciones terrestres. En el caso de las aéreas, solo se permiten a 2.000 metros de los centros poblados y las escuelas.                                                                                                           

“Tomar la cuenca como sujeto de derecho tiene que ver con un paradigma constitucional, político y democrático que se está dando a lo largo y lo ancho de América Latina. Las condiciones de vida de la cuenca garantizan nuestro derecho humano, son el sustento natural, biológico, ecológico, la condición de posibilidad para que podamos tener ambiente, salud, agua, alimentación sana y adecuada”, grafica Benavídez. También implica, indefectiblemente, “pensar un nuevo ordenamiento ambiental del territorio, reconfigurar el entramado productivo y tener otro trato para con la cuenca”, añade.  

La presentación colectiva se apoya, asimismo, en estudios realizados por la Universidad Nacional del Centro de Buenos Aires (Unicen) y la Universidad Nacional de la Plata (UNLP) que demostraron la presencia de clorpirifós en la cuenca y glifosato en el agua de las escuelas rurales de Tandil. Benavídez señala que la Corte está analizando toda la documentación y examinándola. También explica que un estudio de agua realizado luego de la cautelar –realizado por el Centro de Investigación de Medio Ambiente de la UNLP/ CONICET– “dio mal”. Particularmente en la zona del balneario de Vela, “la alteración ambiental persiste”, agrega. 

La comunidad organizada espera que su lucha en defensa del buen vivir (apoyada entre otros referentes por el Premio Nobel de la Paz Adolfo Pérez Esquivel) encuentre eco en la decisión de la Corte, que refrende un acto de justicia ambiental para las generaciones presentes y las que vendrán.

4Palabras

Compartir:

Comentarios

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Comentarios

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Seguinos en: