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Un juez de Paraná habilitó la feria por las facultades de detención de la SIDE

Tres reconocidos abogados de Entre Ríos presentaron un hábeas corpus preventivo y colectivo contra el DNU que reforma los servicios de inteligencia y habilita a la SIDE a detener personas. Advierten que representa un "retroceso terrible" para el Estado de Derecho. El Juez Daniel E. Alonso resolvió habilitar la feria.

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En sintonía con los recursos de amparo presentados por organizaciones de derechos humanos, y dirigentes políticos, tres reconocidos abogados entrerrianos hicieron una presentación ante la justicia frente al DNU de Milei que habilita a la SIDE a detener personas. Eligieron la acción de habeas corpus preventivo, restrictivo y colectivo ante la “grave amenaza” a la libertad ambulatoria de todos los ciudadanos, al permitir que un organismo de inteligencia —que no integra las fuerzas de seguridad— pueda realizar aprehensiones sin intervención inmediata de la justicia. El juez federal Daniel E Alonso, fue el primero en habilitar la feria judicial, en una acción que podría marcar un precedente para otros tribunales del país. 

La presentación fue radicada por tres abogados de amplia trayectoria en la región: Rubén Pagliotto, especialista en derecho penal, Raymundo Kisser, exsenador provincial de la UCR, y Armando Aquino Britos, constitucionalista y docente. 

A diferencia de un recurso de amparo convencional, luego de un debate jurídico y técnico, rompieron la inercia y optaron por otra vía: la del hábeas corpus, porque consideran que hay un peligro latente y específico sobre la libertad de circulación. La acción busca proteger no solo el ejercicio de su profesión, sino que tiene un carácter extensivo para toda la ciudadanía bajo la figura de derecho masivo.

El planteo judicial hace hincapié en la peligrosidad de que agentes de inteligencia, que suelen actuar de civil y sin identificación clara, tengan poder de arresto. Y advierten sobre la existencia de una «zona gris» entre el momento de la detención y el aviso a la justicia. Ya que no se sabe a ciencia cierta que puede pasar durante esas horas, quién te puede detener ni a donde. “Es volver a los sótanos de la cloaca del espionaje, en 24 horas te pueden desplomar”, advierten. 

A diferencia de un recurso de amparo convencional, luego de un debate jurídico y técnico, rompieron la inercia y optaron por otra vía: la del hábeas corpus, porque consideran que hay un peligro latente y específico sobre la libertad de circulación. La acción busca proteger no solo el ejercicio de su profesión, sino que tiene un carácter extensivo para toda la ciudadanía bajo la figura de derecho masivo.

Tras habilitar la feria, el juez Alonso cumplió con el paso procesal obligatorio: correr vista al fiscal federal de turno. Si bien el dictamen del fiscal no es vinculante, su opinión será el paso previo a que el magistrado dicte un fallo de fondo. 

La habilitación de la feria es vista por la querella como la «primera puerta» abierta. Y se especula que, de prosperar la acción en Paraná, se pueda generar un «efecto contagio» en otras jurisdicciones, lo que sería un “sablazo” contra el Gobierno y lo obligaría a apelar ante instancias superiores para sostener la validez de la reforma de la SIDE.

 

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