Argentina / 13 febrero 2026

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Patagonia en llamas: la pulseada por incorporar la figura de ecocidio al Código Penal

Un proyecto de ley busca tipificar las penas para el delito ambiental. Los ejes del texto que será tratado en el Senado y el análisis de la penalidad como única respuesta al drama ambiental que vive el sur argentino. La voz de Guillermo Folguera, investigador, biólogo y referente de las comunidades en lucha.

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El fuego no da tregua. A dos meses de iniciado uno de los peores incendios de que se tenga registro, las llamas llevan consumidas más de cincuenta mil hectáreas en territorio patagónico. En Chubut los incendios forestales decrecen y vuelven a activarse debido a los fuertes vientos y a una política de manejo del fuego hecha trizas. Al cierre de esta nota, dos de los focos más preocupantes eran Puerto Patriada y el Parque Nacional Los Alerces y se vivían situaciones críticas en las zonas de Villa Lago Rivadavia y Cholila, donde la población debió autoevacuarse.  Allí, como en cada rincón arrasado, bomberos voluntarios, vecinos, trabajadores comunitarios y brigadistas ponen el cuerpo en las primeras líneas de combate. Como señaló 4Palabras días atrás, la declaración de la Emergencia Ígnea y el giro de los fondos destinados a la pelea contra el fuego, -celebrados por el gobierno nacional- no constituyeron más que el cumplimiento de la Ley Nº 25.054, que establece y organiza el Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios en todo el país. “Mucho viento; los incendios terminarán cuando ya no tengan nada que quemar”, indicó un vecino de Cholila a este medio.             

En este contexto, el gobierno chubutense busca dar la pelea legal, impulsando fuertemente el tratamiento de un proyecto de ley propuesto y trabajado en 2025 por la senadora Edith E. Terenzi, perteneciente al bloque Despierta Chubut de la UCR. El texto, que entiende la figura de ecocidio como el  “daño irreversible o especialmente grave provocado sobre el ambiente” propone penas de tres a diez años y multa equivalente al valor en pesos de 30 salarios mínimos vitales y móviles, a todo aquel que violando las “normas de presupuestos mínimos de protección ambiental y sus reglamentaciones, provoque daños especialmente graves sobre el ambiente”. Terenzi (quien fue consultada por este medio y se rehusó a brindar declaraciones) grafica en los fundamentos del proyecto la necesidad de incorporar la figura penal dada “la gravedad del daño ambiental que determinadas actividades humanas provocan sobre los ecosistemas”.  

El proyecto entiende la necesidad de tomar medidas urgentes y consagrar un tipo penal autónomo que visibilice, sancione y prevenga las conductas más lesivas para el equilibrio ecológico. Cabe preguntarse si las medidas que tomó la gestión de La Libertad Avanza (LLA) y la falta de políticas públicas de prevención buscan proteger y cuidar nuestro patrimonio o más bien operan en total desmedro del cuidado territorial.

El proyecto distingue, a su vez, entre “daño ambiental irreversible”, aquel que imposibilite la regeneración natural del ecosistema afectado en un plazo razonable y “daño ambiental especialmente grave”, aquel que, en razón de su extensión espacial o duración temporal, provoque deterioros severos sobre el medio ambiente que comprometan el derecho humano a un medio ambiente sano de varias personas o comunidades. La duración temporal del daño ambiental se delimitará, en base al tiempo demandado para la regeneración natural de los ecosistemas afectados. En cuanto a la extensión espacial del daño ambiental, será delimitada en base a la superficie total afectada, la interjurisdiccionalidad o la existencia de una afectación multiecosistémica. El proyecto entiende la necesidad de tomar medidas urgentes y señala, en ese sentido, la imperiosa urgencia de consagrar un tipo penal autónomo que visibilice, sancione y prevenga las conductas más lesivas para el equilibrio ecológico. Cabe preguntarse si las medidas que tomó la gestión de La Libertad Avanza (LLA) tales como el desfinanciamiento del Sistema Nacional de Manejo del Fuego, el traspaso del Servicio Nacional de Manejo del Fuego a la órbita del Ministerio de Seguridad y la falta de políticas públicas de prevención buscan proteger y cuidar nuestro patrimonio o más bien operan en total desmedro del cuidado territorial.  

Guillermo Folguera, referente del pensamiento académico y de las comunidades en lucha es investigador del CONICET. El biólogo y filósofo, autor de textos como La ciencia sin freno y Ontología del Despojo, entre otros, representa una de las voces más lúcidas a la hora de analizar el camino de la criminalidad como única respuesta al drama ambiental. En diálogo con este medio, profundizó sobre el reciente anuncio del gobierno de Chubut respecto a la figura legal del ecocidio: “Todavía con los fuegos encendidos, todavía con el humo y las llamas, sale a levantar la bandera de la figura de ecocidio en términos legales. Eso obliga a una serie de reflexiones como parte de los crímenes del ambiente tiene larga data dentro del movimiento socio ambiental y en nuestro país en particular. La pregunta es por qué”. 

Para el académico, la respuesta reside en la ineficacia de la gestión oficial y el alineamiento político: “Esto tiene que ver con un gobernador que no solo no estuvo a la altura de poder resolver las llamas en su provincia sino que, por el contrario, parecen haberse agravado como resultado de las políticas implementadas a nivel provincial tanto como el aval que le dio desde su propia gobernación a las políticas del gobierno nacional”. 

Folguera alerta sobre un giro punitivo que apunta directamente a quienes protegen el territorio. “Llama la atención por qué el gobierno de Chubut intenta avanzar en este sentido. Ahí aparece una segunda instancia que es cómo han intentado avanzar fuertemente con la represión a las comunidades locales, particularmente la mapuche, responsabilizando y culpando a las propias comunidades que habitan esos territorios y que muchas veces forman parte de las brigadas que combaten los fuegos”. Bajo esta lectura, la herramienta legal cambia de sentido: “La figura de ecocidio parece entonces estar más vinculada hacia el intento de contar con herramientas legales para profundizar la persecución, más que a verdaderamente prevenir y resolver los problemas socioambientales en la provincia de Chubut”.

Por último, reflexionó sobre “la importancia de entender cómo las leyes siempre tienen un marco interpretativo” y cerró: “Esto no tiene que espantarnos en absoluto. Esto guarda relación con entender la naturaleza y la filosofía del derecho: la ley en sí sola no representa nada cuando quienes nos gobiernan y quienes imparten o debieran impartir el derecho no están priorizando bajo ningún punto de vista la justicia social y ambiental”.  

4Palabras

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