La Plata: fallo histórico por la violencia contra las infancias, con penas a medias
El TOF 1 de La Plata dictó una sentencia histórica al condenar a perpetua a Saravia Day y a 15 años a Pedro Muñoz por crímenes del "Circuito Camps". El fallo marca un precedente inédito en el país al reconocer formalmente la violencia obstétrica y los delitos contra niños y adolescentes perpetrados durante la última dictadura militar.
- julio 4, 2026
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El eco de los pañuelos blancos y los carteles con rostros que aún nos faltan volvió a habitar el primer piso de los Tribunales Federales de La Plata. Luego de dos años de debate oral, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1 dictó sentencia en un juicio que entrelaza la burocracia del horror militar con los pliegues más oscuros del “Circuito Camps”. El veredicto dejó una certeza histórica, una reparación jurídica inédita y, al mismo tiempo, el sabor amargo de la transigencia penal.
José Ignacio Saravia Day, exjefe del Escuadrón Ayacucho del Regimiento de Granaderos a Caballo, fue condenado a prisión perpetua por la desaparición forzada del conscripto José David Aleksoski y los tormentos aplicados a los soldados Juan Ignacio Araujo y Juan Carlos Campos, quienes realizaban su servicio militar obligatorio en la Quinta de Olivos. Pedro Raúl Muñoz, exrepresor de la Comisaría 5ta. de La Plata, recibió una pena de 15 años de prisión al ser considerado por los jueces Karina Yabor, Ricardo Basílico y Andrés Basso como «partícipe secundario», a pesar de que la fiscalía y las querellas habían exigido la pena máxima para quien operó en el corazón de un engranaje que trituró la vida de más de un centenar de personas.
El tribunal sostuvo formalmente que los crímenes fueron cometidos “en el marco del genocidio perpetrado en la República Argentina entre los años 1976 y 1983” y bajo la tipificación internacional de “delitos contra el derecho de gentes”. También declaró que “las mujeres fueron objeto de diversas formas de violencia de género, particularmente de violencia obstétrica, y violencias contra niños, niñas y adolescentes”, tal como lo había requerido la Unidad Fiscal en su alegato, pronunciado por los auxiliares fiscales Ana Oberlin y Juan Martín Nogueira, con la coordinación del fiscal general Gonzalo Miranda. Esta es la primera sentencia del país que declara que los hechos juzgados en ese contexto fueron constitutivos de violencias contra niños, niñas y adolescentes.
Durante las audiencias, la reconstrucción de los hechos funcionó como un rompecabezas donde encajaron las declaraciones de sobrevivientes, cruzadas con peritajes de ADN y archivos recuperados. La abogada de la Asociación Abuelas de Plaza de Mayo, Colleen Torre, señaló durante su alegato el rol fundamental que Muñoz jugó en la Comisaría 5ta., un centro clandestino por donde pasaron embarazadas y niños que luego fueron apropiados.
El fallo del tribunal de La Plata por los delitos cometidos en la Comisaría 5° constituyen la primera sentencia del país que declara que los hechos juzgados en ese contexto fueron constitutivos de violencias contra niños, niñas y adolescentes.
“Muñoz conocía las circunstancias de la detención ilegal de los secuestrados en la Comisaría 5ta, de las mujeres embarazadas, de los partos que se produjeron, del secuestro y el paso de los niños y niñas que fueron llevados allí, también de su retención, sustracción y ocultamiento, de que fueron arrancados de los brazos de sus madres, y de la no entrega de esos niños y niñas a sus familias biológicas”, subrayó Torre. La abogada también remarcó además la deuda persistente que el Estado y la sociedad mantienen a medio siglo del golpe de Estado.
La rebaja de la pena para Muñoz generó una inevitable desazón entre los familiares y sobrevivientes que colmaban la sala. La querella de Abuelas de Plaza de Mayo y el nieto restituido Leonardo Fossati Ortega —quien nació en esa misma comisaría durante el cautiverio de su madre, Inés Ortega— asimilaron la decisión con la templanza de quienes saben que la justicia es una carrera de fondo.
“Nos queda una sensación ambigua por la pena de 15 años y no de perpetua, como habíamos solicitado”, manifestó Fossati Ortega luego de escuchar el veredicto. Sin embargo, rescató el valor institucional de la jornada de cara al futuro: “Casos como los que se juzgaron en este juicio, que habían quedado por fuera de la megacausa Circuito Camps, vienen a cerrar ese proceso de reparación judicial y a ser el cimiento del proceso de memoria para las nuevas generaciones».
Fossati, un impulsor central para que la Comisaría 5ta. funcione hoy como un espacio para la memoria, valoró el reconocimiento judicial del ensañamiento particular del terrorismo de Estado sobre los cuerpos de las mujeres gestantes: “Las mujeres sufrían doblemente, y que la justicia haya dado cuenta de eso, que sea juzgado, que sea nombrado, es una victoria”, concluyó Fossati.
El tribunal dispuso también medidas reparatorias significativas, como la colocación de una placa conmemorativa en el Regimiento de Granaderos a Caballo en memoria de Aleksoski, el pedido de baja por exoneración de ambos condenados y el reconocimiento explícito del «daño al proyecto de vida de las víctimas». Aunque los fundamentos se conocerán recién el 15 de octubre, la jornada en La Plata dejó una certeza: la estructura judicial puede tardar y a veces retacear el castigo, pero la verdad histórica ya no puede dar marcha atrás.
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