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Duro revés para el gobierno: la Justicia ordena cumplir con la ley de financiamiento universitario

La Cámara Federal ratificó la vigencia de la Ley 27.795 y ordenó al Ejecutivo la recomposición salarial urgente de docentes y no docentes, junto con la actualización de becas. Tras considerar “poco serios” los argumentos oficiales y declarar ilegítima la suspensión de la norma por decreto, exige cumplir con el financiamiento que el Congreso blindó.

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Duro revés para el gobierno: la Justicia ordena cumplir con la ley de financiamiento universitario

En un fallo que marca un punto de inflexión en el conflicto educativo más agudo de los últimos años, la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal ratificó que el Gobierno Nacional no puede discrecionalmente suspender una ley nacional. Luego de tres semanas de un paro que paralizó las facultades de todo el país, la Justicia Federal le dio un ultimátum al Poder Ejecutivo: la ley de Financiamiento Universitario (27.795) debe aplicarse de manera “inmediata”.

La resolución de la Sala III, integrada por los jueces Sergio Fernández y Jorge Morán, no solo rechaza la apelación del Estado, sino que califica los argumentos oficiales para el incumplimiento como “poco serios”. El fallo judicial pone el foco en la recomposición salarial de docentes y no docentes desde diciembre de 2023 y la actualización urgente de las becas estudiantiles, pilares de la normativa que el Congreso blindó tras el veto presidencial del año pasado.

El núcleo de la disputa legal radicaba en la pretensión del Ejecutivo de supeditar la ley 27.795 a la ley de Administración Financiera (24.629), argumentando que no existían partidas presupuestarias asignadas. Sin embargo, los magistrados fueron tajantes: una ley posterior aprobada por el Congreso con mayoría agravada —tras la insistencia legislativa frente al veto— desplaza cualquier norma anterior.

“La insistencia legislativa en los términos del art. 83 de la Constitución impone al Poder Ejecutivo una obligación de ejecutar la ley, sin que pueda suspenderla apoyándose en una norma anterior de igual jerarquía”, señala uno de los párrafos más contundentes del fallo.

La Cámara subrayó que el argumento del equilibrio fiscal no puede ser una «carta blanca» para ignorar derechos de carácter alimentario. El tribunal estimó que el impacto fiscal de la medida es apenas del 0,23% del PBI, una cifra que no justifica el desfinanciamiento del sistema. Además, los jueces señalaron que el «interés público» está representado por el derecho constitucional a enseñar y aprender, el cual se ve vulnerado por la parálisis del sistema.

El impacto fiscal de la medida es apenas del 0,23% del PBI, una cifra que no justifica el desfinanciamiento del sistema. Además, los jueces señalaron que el "interés público" está representado por el derecho constitucional a enseñar y aprender, el cual se ve vulnerado por la parálisis del sistema.

El impacto en los salarios y las becas

El fallo confirma la vigencia de los artículos 5° y 6° de la ley, que estipulan la actualización salarial frente a la inflación y el fortalecimiento de los programas de ayuda estudiantil. Para la Justicia, el deterioro del poder adquisitivo de los trabajadores universitarios es un hecho acreditado que configura un “peligro en la demora”, justificando la medida cautelar que el Gobierno intentó derribar.

Desde el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), organismo que impulsó el amparo colectivo, celebraron la decisión como un triunfo de la institucionalidad. “La disposición judicial ordena aplicar la Ley de Financiamiento Universitario tal como lo habíamos solicitado en reiteradas oportunidades. Una excelente noticia para la comunidad universitaria del país que valoramos en un contexto extremadamente delicado como atravesamos”, expresaron a través de un comunicado oficial.

Emiliano Yacobitti, vicerrector de la Universidad de Buenos Aires, fue categórico respecto a las implicancias de esta sentencia. Para el dirigente, el Ejecutivo se ha quedado sin margen de maniobra legal para dilatar los pagos. «La justicia una vez más le dio la razón a las Universidades Nacionales. El PEN debe cumplir con la ley vigente desde octubre del año pasado. Aún si pretenden plantear un recurso ante la Corte Suprema para dilatar el cumplimiento, la Corte tiene dicho que no se expide sobre cautelares porque no son materia de su competencia», advirtió.

El vicerrector también alertó sobre las consecuencias personales para los funcionarios que decidan ignorar el mandato judicial: «No cumplir la orden constituye un caso de gravedad institucional sin precedentes que podría configurar causal de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos».

Yacobitti hizo hincapié en la realidad social que atraviesan los pasillos de las facultades: «La situación de quienes enseñan y trabajan en las universidades públicas no da para más. La gran mayoría de ellos está por debajo de la canasta básica. Si de un lado no se cumple la ley y del otro se proponen medidas de fuerza por tiempo indeterminado, los principales perjudicados son los estudiantes».

Con este fallo, el gobierno nacional se encuentra en una encrucijada. Luego de semanas de retórica confrontativa contra el sistema universitario, la Justicia le exige ahora una hoja de ruta para la actualización de fondos. El período contemplado por la ley va desde diciembre de 2023 hasta la sanción de la ley en septiembre de 2025, lo que implica un desembolso retroactivo significativo para recuperar el valor real de los salarios.

La sentencia de la Cámara no solo es un triunfo económico para las universidades, sino un recordatorio del sistema de pesos y contrapesos. Mientras el conflicto docente continúa bajo la sombra de nuevas medidas de fuerza, la pelota está ahora en el terreno del Ministerio de Capital Humano y el Ministerio de Economía, quienes deberán instrumentar el pago para evitar que la “gravedad institucional” se transforme en una crisis de gobernabilidad en el área educativa.

 

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