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Edad de punibilidad penal: ¿Tienen los niños derecho a un trato distinto?

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Puestos a recopilar los argumentos por los cuales no es conveniente -en ningún sentido- bajar la edad de punibilidad en nuestro país; nos viene a la memoria un comentarista televisivo norteamericano que se quejaba, con mucha gracia, de que la realidad política ya no le permitía elaborar teorías conspirativas. En otro tiempo, el secuestro del presidente de Venezuela hubiera causado una serie de justificaciones del gobierno norteamericano centradas en la defensa de la democracia, el respeto por los derechos humanos, la necesidad de liberar opositores y otras argumentaciones por el estilo, consonantes con el Destino Manifiesto de la potencia imperial. Los teóricos de la conspiración hubieran dicho que, en realidad, la operación se hacía con el único fin de quedarse con el petróleo. Pero esta observación deviene pueril cuando le preguntan a Trump por las razones del secuestro y él dice que el petróleo fue el objetivo de la operación. Cuando una periodista le pregunta por el destino de los presos políticos en Venezuela, él responde (con aire de quien se ve importunado por un detalle muy menor) que todavía no se ha ocupado del tema.

Otra versión estatal de la ultraderecha mundial liquida personas seleccionadas con IA bajo sospecha de ser terroristas. Estas personas tienen ciertas condiciones que la IA procesa: entre otras; jóvenes, generalmente varones, que han perdido familiares en ataques anteriores. Muchos de estos jóvenes son niños. Puede que todavía no sean terroristas, pero sus condiciones objetivas de existencia los hacen candidatos a serlo en el futuro, por lo que el sistema los considera blancos genuinos. Voceros oficiosos de ese gobierno han hecho saber que, cumplidos los cuatro (¡4!) años de edad, nadie es inocente en esa zona. Habrá, eso sí, un cierto margen de error, que de todos modos el Estado considera aceptable a los fines de su política de exterminio.

En este marco de opresión y atrocidad, la versión vernácula de la ultraderecha planetaria procura modificar el código penal y bajar la edad mínima de punibilidad. En esto no hace más que retomar (ya sin ninguna afectación metafórica, como Trump muestra que debe hacerse) tres viejas pretensiones oligárquicas: Ampliar la cantidad de ilegalismos (es decir, aumentar el menú de actividades por las cuales una persona puede terminar encerrada), aumentar la duración de las penas (y tornarlas lo más gravosas posible, para asegurar la aniquilación de los penados) y -cuándo no- bajar la edad de punibilidad.

La reducción de la edad de punibilidad es un elemento más dentro de un programa punitivo completo legitimado en los centros de poder de lo que todavía se llama “occidente”.

Como puede verse, no se trata de una discusión acerca de cómo “mejorar el sistema” para procurar la resocialización de los chicos y generar una amplia discusión acerca de un problema público que le interesa a la ciudadanía enfocada en el bienestar de sus jóvenes. La reducción de la edad de punibilidad es un elemento más dentro de un programa punitivo completo legitimado en los centros de poder de lo que todavía se llama “occidente”. Es claro que, si se procura que la enorme mayoría de la población del país se mantenga ocupada en una economía de subsistencia sin acceso significativo a servicios básicos ni al trabajo, a la salud ni a la educación; cabe esperar alguna resistencia por parte de los perjudicados. El sistema penal viene a cerrar el proyecto, sin lo cual parece peligrosamente inestable.

El riesgo de desarrollar argumentos científicos provenientes del derecho, la psicología, la economía, las neurociencias, la sociología, la criminología, la antropología y sus etcéteras (argumentos que, por otra parte, se vienen desarrollando hace largas décadas) es perder de vista cuál es el objetivo del programa político que enfrentamos. Y, en la medida en que se discute racionalmente un programa criminal, necesariamente se lo va dotando de una racionalidad de la que carece.

Pero reparemos en la consigna “delito de adulto, pena de adulto” que parece el non plus ultra de este nuevo embate. Todo el siglo pasado le llevó al Derecho distinguir claramente entre el niño y el adulto. Antes de ser arrojados a las penurias del siglo diecinueve, preguntémonos: ¿No es evidente que el niño tiene derecho a un trato distinto del adulto, por el solo hecho de que es, precisamente, un niño?

 

 

José Antonio Rodríguez es psicólogo y Magister en Diseño y Gestión de Programas Sociales por FLACSO. 

 

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