Reforma Laboral: diez puntos claves del proyecto que aprobó el Senado
Cuáles son las modificaciones que el gobierno nacional busca implementar en el mundo del trabajo. Cómo afectan los derechos de los trabajadores. Para convertirse en ley la iniciativa aún requiere la aprobación en Diputados.
- febrero 12, 2026
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La tensión de la calle, marcada por movilizaciones y focos de incidentes, contrastó ayer con un recinto que el gobierno nacional tuvo bajo control. Con varias modificaciones respecto al texto original, la ley de reforma laboral obtuvo ayer media sanción en el Senado: 42 votos a favor –21 votos libertarios y aliados, tres PRO, dos de Provincias Unidas más seis votos que aportaron gobernadores variopintos– y 30 en contra, principalmente del peronismo. Mientras gira a Diputados, Martín Menem -mano derecha de Karina Milei- se prepara para continuar las negociaciones que blinden el proyecto y eviten nuevas modificaciones. Aquí los puntos claves.
- Quizás el punto más polémico, es el nuevo cálculo de indemnizaciones. En los casos de despido sin causa justa, si bien se mantiene el mes de sueldo por año de servicio, la base de cálculo se reduce drásticamente ya que no se computarán el aguinaldo (SAC), premios, horas extras ni bonos mensuales. Además se establece un tope: el monto no podrá exceder tres veces el salario promedio del convenio aplicable; y un piso mínimo que nunca podrá ser inferior al 67% de la remuneración normal y habitual.
- La reforma laboral libertaria establece que las empresas que pierdan juicios laborales ya no deberán resarcir a los empleados en un solo desembolso. Es decir, el empleador podrá pagar la indemnización en cuotas ajustadas por IPC + 3% de interés anual. En el caso de las grandes empresas podrán hacerlo hasta en seis cuotas mensuales y las Micro, PyMEs y Medianas hasta en doce cuotas mensuales.
- Se crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL) a cargo del empleador que podrá sustituir el régimen de indemnizaciones tradicional mediante convenios colectivos. Será voluntario, es decir, su aplicación debe ser acordada por las partes, el dinero se deposita en fideicomisos financieros y será controlado en conjunto con los sindicatos.
- Las vacaciones se “flexibilizan”. El período legal sigue siendo entre el 1 de octubre y el 30 de abril, pero los cambios cambios que se introducen podrán afectar la planificación familiar, sobre todo en hogares con niños. Las partes pueden pactar el goce fuera de esas fechas, de mutuo acuerdo. Por otra parte, las vacaciones podrán fraccionarse en tramos, pero siempre que ninguno sea menor a 7 días corridos. Y el empleador deberá garantizar las vacaciones en verano al menos una vez cada tres años.
- Uno de los golpes más duros para los trabajadores es la posibilidad de que se extienda la jornada laboral de ocho a doce horas, siempre que se respete el descanso mínimo de 12 horas entre jornadas. Mediante el banco de horas, el empleador y el trabajador pueden compensar horas extras con francos o tiempos de descanso, previo acuerdo sindical.
El Senado también aprobó ayer el traspaso del fuero laboral nacional a la Ciudad de Buenos Aires. El gobierno plantea que los acuerdos entre partes ante autoridad laboral tendrán valor de sentencia firme, impidiendo que se reabran juicios años después. Además, se imponen topes a los honorarios de abogados y peritos para evitar costos excesivos en los litigios.
- Los repartidores y trabajadores de apps no podrán ser trabajadores en relación de dependencia. El proyecto crea una figura específica para ellos: «repartidor independiente», estableciendo que este vínculo es un contrato de servicio y no constituye una relación laboral. Esto otorga libertad de formas de contrato pero quita la protección de la Ley de Contrato de Trabajo.
- Licencias por enfermedad y accidentes: Si un trabajador sufre un accidente o enfermedad ajena al trabajo, recibirá el 50% de su salario si el hecho derivó de una actividad «voluntaria y riesgosa». Si no fue así, recibirá el 75%. Los plazos son de 3 meses (sin familiares a cargo) o 6 meses (con familiares a cargo).
- Se crean limitaciones al derecho de huelga. Se declaran como “servicios esenciales” a la educación (desde guardería hasta secundaria), el transporte de caudales y la seguridad privada, y se establecen guardias mínimas. Durante una huelga, estos sectores deberán garantizar una cobertura del 75%, y los servicios trascendentales deberán asegurar un 50% de prestación normal.
- Con respecto al desfinanciamiento de los sindicatos y la cuota sindical, tras duras negociaciones con el sindicalismo, se llegó a un punto medio: El aporte solidario se mantiene por dos años con un tope del 2% (algunos gremios hoy cobran el 4%). Por otra parte, a partir del 1 de enero de 2028, todo aporte a sindicatos o cámaras empresarias será estrictamente voluntario y requerirá consentimiento expreso. Con respecto a las obras sociales: no hubo rebaja; la alícuota patronal se mantiene en el 6%.
- El proyecto prevé dos programas clave “para reducir la informalidad”. A través del Promoción del Empleo Registrado (PER) se condona hasta el 70% de deudas por aportes para quienes regularicen empleados. Y con el Régimen de Incentivo a la Formalización (RIFL), durante un año los nuevos trabajadores (que no hayan estado registrados recientemente) gozarán de una reducción en las contribuciones patronales (solo pagarán un 8%).
Ajustes técnicos y concesiones de último momento
Para asegurar la media sanción, el oficialismo cedió en varios puntos sensibles. Entre las modificaciones más destacadas, se descartó el uso de billeteras virtuales para el pago de sueldos, manteniendo la exclusividad del sistema bancario tradicional. En materia fiscal, se eliminó la reducción del Impuesto a las Ganancias para empresas (que iba a bajar del 30% al 27%) a pedido de los gobernadores para proteger así las cajas provinciales. Asimismo, la derogación de estatutos especiales (periodistas, peluqueros, viajante de comercio, peluquero, choferes particulares y operadores de radio/telegrafía) no será inmediata, sino que entrará en vigencia 180 días después de la sanción.
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