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La escuela ante el dilema penal: educar o judicializar

Con la entrada en vigencia de la Ley 27.801 de Régimen de Responsabilidad Penal Juvenil se corre el riesgo de aplicar mecánicamente la lógica penal clásica sobre conductas cotidianas de chicos de 14 años renunciando a la política de prevención. La importancia de que la escuela siga siendo la primera barrera de contención social y educativa, no la sala de espera del juzgado penal.

Por Federico Moeykens para Agencia ANITA

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Esta imagen muestra a un grupo de estudiantes sentados alrededor de una mesa de madera mientras leen y estudian juntos. [1] (https://es.123rf.com/photo_34930428_feliz-grupo-de-j%C3%B3venes-adolescentes-en-la-escuela-tiene-una-diversi%C3%B3n-lecciones-de-aprendizaje.html)

Un forcejeo en el patio durante el recreo, la sustracción de un teléfono celular en un aula o un cruce verbal que escala a amenazas entre compañeros. Hasta hace apenas unos días, estos episodios integraban la compleja trama de la convivencia escolar. Se abordaban con actas, llamados a las familias, sanciones pedagógicas y, en el mejor de los casos, espacios de diálogo coordinados por docentes y gabinetes técnicos. Con la entrada en vigencia de la Ley 27.801 de Régimen de Responsabilidad Penal Juvenil, ese escenario corre el riesgo de fracturarse de manera irreversible.

Al establecer la imputabilidad penal desde los 14 años y, centralmente, habilitar su persecución sobre cualquier hecho tipificado en el Código Penal, la norma traslada una presión inédita al ámbito escolar: la obligación legal de denunciar penalmente conductas que antes encontraban respuesta institucional dentro del establecimiento. De la noche a la mañana, directores y maestros corren el peligro de convertirse en el primer eslabón de una maquinaria judicial que criminaliza a adolescentes por conflictos propios de su etapa evolutiva.

El problema radica en una confusión conceptual grave: denunciar un hecho para activar mecanismos de protección no puede equipararse a judicializar la convivencia escolar. La escuela secundaria es el espacio donde los adolescentes pasan gran parte de su tiempo; allí se construyen vínculos, pero también se manifiestan tensiones y vulnerabilidades que ninguna otra institución estatal detecta con tanta precocidad. Despojar a la escuela de su capacidad pedagógica para derivar automáticamente cada conflicto a una fiscalía penal juvenil no solo vacía de sentido la autoridad docente, sino que anticipa un previsible colapso de los juzgados con causas que carecen de relevancia penal real.

De la noche a la mañana, directores y maestros corren el peligro de convertirse en el primer eslabón de una maquinaria judicial que criminaliza a adolescentes por conflictos propios de su etapa evolutiva.

Existe, además, una contradicción intrínseca en el espíritu de la reforma. Por un lado, se ensancha el alcance punitivo; por el otro, se declama la necesidad de garantizar la continuidad educativa, la resocialización y la integración social de los jóvenes. No es posible conciliar ambos objetivos si el primer reflejo ante el conflicto es la intervención del derecho penal, que por mandato constitucional debe operar siempre como última ratio. Pretender resolver tensiones del siglo XXI aplicando mecánicamente la lógica penal clásica sobre conductas cotidianas de chicos de 14 años es renunciar a la política de prevención.

La respuesta no puede ser abandonar al adolescente en la mesa de entradas de un tribunal. Si queremos un sistema de responsabilidad penal juvenil verdaderamente especializado y eficiente, debemos trabajar “río arriba”. Esto exige dotar a las escuelas de equipos interdisciplinarios capacitados, fortalecer los protocolos de mediación y resolución no violenta de conflictos e incorporar herramientas de justicia restaurativa antes de que intervenga el aparato punitivo.

La escuela debe seguir siendo la primera barrera de contención social y educativa, no la sala de espera del juzgado penal. El debate urgente que inaugura esta nueva etapa legal no pasa únicamente por la edad a partir de la cual se imputa un delito, sino por definir qué respuestas institucionales ofrecemos como sociedad para evitar que la única respuesta ante nuestros jóvenes sea un expediente judicial.

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