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Ley de tierras: la Corte ensayó una salida provisoria para su propia encerrona

Un malabarismo cautelar de la Corte Suprema expuso sus propias fragilidades: para frenar la presión social y evitar la caída del DNU 70/23 en Diputados, desempolvó la ley de Tierras. Un giro pragmático que gana tiempo, pero deja en evidencia una doctrina moldeada por el impacto de la calle y la rosca política.

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La Corte Suprema dio una marcha atrás provisoria con la ley de tierras

Diez días después de clausurar con rigor formalista el reclamo del Centro de Ex Combatientes de Islas Malvinas (CECIM) contra la derogación de la ley de tierras, la Corte Suprema de Justicia debió recurrir a un malabarismo de emergencia para desactivar la bomba de mecha corta que ella misma había encendido en el ecosistema político e institucional. “Fue la salida elegante que encontró para tratar de parar lo del 15”, sintetizó una alta fuente judicial a 4Palabras.

Mediante una medida cautelar interina adoptada en un acuerdo extraordinario, el tribunal resolvió suspender los efectos del artículo 154 del DNU 70/2023. La decisión revive provisoriamente la ley 26.737, que limita la compra de suelo rural por parte de extranjeros, hasta tanto el Juzgado Federal de Bariloche defina si la Asociación Civil Árbol de Pie, las comunidades originarias y la legisladora Magdalena Odarda tienen “legitimación activa” para litigar.

Para alcanzar los cuatro votos necesarios, la mayoría encabezada por Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti debió abrir el juego a dos conjueces de la Cámara de Casación: Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci. El dato revela la manta corta de una Corte compuesta por solo tres miembros y que hasta ahora venía evitando sumar actores externos a sus fallos. La disidencia solitaria de Carlos Rosenkrantz señaló que el máximo tribunal carece de competencia directa para dictar cautelares en ese trámite y le reprochó a sus colegas que hayan cedido ante el “descontento social”.

El voto mayoritario apeló a la “tutela judicial efectiva” y al riesgo de daños irreparables al medio ambiente en los términos del artículo 41 de la Constitución. Detrás del tecnicismo, lo que se trasluce es un pragmatismo defensivo. A diferencia de los veteranos de Malvinas, cuyo reclamo se centraba en la soberanía, la causa de la entidad patagónica introdujo la variable ambientalista. Esa rendija metodológica fue la que usó el máximo tribunal para desandar sus pasos sin admitir de forma implícita el error del fallo previo.

El fallo reconoce que “el particular trámite impreso a esta causa por parte de los tribunales intervinientes ha dejado sin respuesta las peticiones formuladas en la demanda”. El constitucionalista Raúl Gustavo Ferreyra señala que es cierto, pero omite un detalle: “Entre esos tribunales está la propia Corte, que tenía el expediente desde julio de 2024. Después de más de dos años sin respuesta, invoca el Acuerdo de Escazú, que exige procedimientos ‘efectivos, oportunos’. Y la urgencia apareció de golpe, en una semana: conjueces, días inhábiles y un plazo de recusación recortado de 72 a 24 horas”. También explica a 4Palabras que un comunicado había anticipado que la cautelar la decidiría “un juez competente” y terminó decidiéndola la Corte misma. “El plazo razonable es un derecho de quienes litigan, no un recurso que un tribunal administra según el clima político. Una justicia que duerme dos años y despierta en una semana no es oportuna: es oportunista”, sostiene.

Como era de esperarse, la decisión generó un alivio –también provisorio– en la Casa Rosada y la conducción parlamentaria de La Libertad Avanza. El fallo del 29 de septiembre contra el CECIM había generado una reacción en cadena. No solo movilizó marchas hacia el Palacio de Tribunales y cosechó el repudio de organizaciones sociales y ambientales, sino que reactivó la agenda parlamentaria de la oposición. 

Los bloques opositores –y algunos dialoguistas– están (o estaban) cerca de alcanzar el quórum de 129 bancas para tumbar después de tres años el DNU 70/23 en la Cámara de Diputados, que sí ya cuenta con el rechazo del Senado. Con la causa contenida bajo el paraguas judicial, vuelven las sospechas sobre el juego de las bancadas que responden a gobernadores aliados –como los mandatarios de Salta, Misiones, Catamarca y Tucumán–. 

Las lecturas divergen. Mientras desde sectores de la oposición califican el movimiento como un “recular en chancletas” condicionado por la calle, la bancada oficialista confía en disolver la sesión del jueves y derivar la discusión a un temario fragmentado para fines de octubre. “Hay que sostener la sesión y la marcha para el 15”, le dice a este medio un diputado del peronismo. 

Sin expedirse aún sobre el fondo constitucional, la Corte Suprema prefirió ganar tiempo. Interpuso un paraguas cautelar para aplacar la presión popular y parlamentaria, devolvió la pelota al juzgado de origen en Bariloche y dejó claro la doctrina jurídica a veces se moldea en base al malestar social.

 

4Palabras

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